martes, 28 de febrero de 2012

La Corte deja fuera a SCT de interconexión



MILENIO



El resolutivo también faculta al órgano regulador para promover el servicio, arbitrar conflictos entre operadores y verificar tarifas.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) no puede revisar las resoluciones de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) en materia de interconexión, lo que se traduce en la eliminación de la doble ventanilla, y refrendó la autonomía del órgano regulador.

La Suprema Corte resolvió desechar el proyecto del ministro Sergio Valls que pretendía quitar autonomía a la Cofetel, al considerar que el titular de la SCT era competente para revisar resoluciones que emitiera la comisión, restándole autoridad.

Durante el análisis y discusión de los ministros de la Suprema Corte se destacó que la Cofetel tiene la facultad de promover y vigilar que se proporcione la interconexión y resolver los acuerdos que no se den entre operadores, además de verificar las tarifas que correspondan a dicho servicio.

El presidente de la Cofetel, Mony de Swaan, a través de su cuenta de Twitter, asegura que la SCJN mantiene su apuesta por un órgano regulador fuerte especializado y eficaz, consolidando su posición ante el sector que regula.

La semana pasada Mony de Swaan y el comisionado Gonzalo Martínez Pous tuvieron acercamientos con los diferentes ministros de la SCJN, para argumentarle la importancia que tenía el refrendar la autonomía de este órgano regulador.

Por separado, Irene Levy, presidenta de Observatel, explicó que no se debe olvidar que esta resolución de la Corte es la consecuencia de un amparo en materia de interconexión interpuesto por Unefon, mismo que había sido resuelto por un tribunal colegiado en favor de la empresa, asegurando que SCT sí tenía atribuciones para revisar casos en materia de interconexión.

“Sin embargo, la SCJN lo atrajo para resolver en definitiva, si bien este lunes ya no le entró al fondo, si resolvió que la SCT no tiene facultades de revisión en materia de interconexión, con lo que los operadores tendrán derecho de recurrir al amparo o bien al recurso de revisión, pero siempre frente a la Cofetel”, precisó Levy.

También destacó que si bien por el momento se acaba con la doble ventanilla en materia de interconexión, en realidad se terminará en muchos otros aspectos, pues el artículo 9 de la Ley Federal de Telecomunicaciones es muy claro al señalar que la SCT no tiene atribuciones.

Fin al control

“Es muy claro donde se acaba el control del secretario en turno y por lo tanto de la intervención de la Presidencia de la República, con lo que el órgano regulador gana mucha autonomía con esta decisión”, enfatizó la especialista.

Los ministros que votaron por la autonomía de la Cofetel fueron José Ramón Cossío, Fernando Franco González Salas, Luis María Aguilar, Jorge Mario Pardo, Olga Sánchez Cordero y Guillermo Ortiz Mayagoitia, quienes consideraron que admitir la posibilidad de que la SCT revisara los fallos de la Cofetel a través del recurso de revisión en sede administrativa sería vulnerar su autonomía.

Cabe destacar que aún quedan cuatro temas pendientes en materia de telecomunicaciones, los cuales la Suprema Corte deberá resolver en los próximos días, bajo la dinámica que impongan la complejidad que presente cada uno de los casos por resolver.

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